jueves, 13 de diciembre de 2012

Aguinaldos para los pensionados del Ivss


Sr. Carlos Rotondaro, presidente del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales
Con todo respeto me permito preguntarle: ¿Conoce esta reseña de la prensa nacional?: "(Caracas, 8 de noviembre - AVN).- A partir del 1° de noviembre, los organismos que conforman la Administración Pública deberán erogar, con cargo a las partidas presupuestarias vigentes, las cantidades correspondientes al pago de la bonificación de fin de año de 2012.
"Así lo establece el decreto presidencial Nº 9.272 de la Presidencia de la República, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.045. El decreto contempla el pago de 90 días de sueldo integral para los funcionarios en servicio activo para la fecha de publicación. Este monto será calculado tomando en cuenta el salario integral devengado hasta el 31 de octubre.
"El pago incluye la cantidad que por concepto de bonificación de fin de año se haya reconocido en las respectivas convenciones colectivas de trabajo, a los obreros al servicio de la Administración Pública Nacional activas para la fecha de publicación del decreto. También contempla 90 días de sueldo a los jubilados y pensionados del sector público, que serán calculados con base al monto de la pensión que se les haya asignado hasta el 31 de octubre, por lo que no podrá ser menor a Bs 2.047,52".
Y que usted también declaró, en su momento, a AVN: "Aseguro que los recursos para el pago de pensiones están garantizados para todo el año 2012, toda vez que el presidente de la República, Hugo Chávez, ya los aprobó en diversos puntos de cuenta".
El decreto presidencial publicado en la Gaceta Oficial N° 40.045, indica que los trabajadores y los jubilados públicos recibirán este año el pago de sus aguinaldos en dos partes. Esta bonificación de fin de año es equivalente a tres meses de salario: la primera cuota, que representa dos tercios de la bonificación, se cancelará antes del 15 de noviembre. La segunda parte, que equivale a un tercio, se pagará el 1° de diciembre.
Entonces, ¿por qué a la fecha no se ha cumplido con lo establecido en el Decreto N° 9.272? ¿Acaso los pensionados son ciudadanos de tercera categoría? ¿Por qué en los bancos están depositados los recursos, pero bloqueados? Los pensionados del Ivss esperan por su respuesta clara.
Antonio Vallée Zea
Conservador de Obra Gráfica
Urb. Montecristo/Los Chorros
antoniovalle@live.com

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